El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca declaró la emergencia agropecuaria por déficit hídrico en 19 seccionales policiales de cinco departamentos, lo que equivale a un total de 2.195.380 hectáreas.

Son 623 los productores familiares registrados en dicho territorio, con una superficie productiva de 79.967 has.

Los productores amparados bajo la declaratoria de emergencia agropecuaria corresponden a los rubros ganadero, lechero, productores familiares o de hasta 500 hectáreas CONEAT 100, así como apicultores registrados en el Registro Nacional de Propietarios de Colmenas.

Las seccionales policiales de los departamentos más afectados ante el déficit hídrico son: en Durazno la 5ª, 6ª, 7ª, 8ª, 9ª, 11ª y 14ª; en Florida la 6ª, 11ª, 12ª y 14ª; dentro de Paysandú la 9ª, 10ª y 11ª; en Río Negro la 9ª y para Tacuarembó la 3ª, 4ª, 11ª y 16ª. Acceda a la resolución al pie de la noticia.

Al mismo tiempo, se extendió la habilitación para el pastoreo en vía pública, habilitada el pasado 21 de diciembre a solicitud de los productores ganaderos, para todas las seccionales policiales del país exceptuando Montevideo. Acceda a la nueva resolución, al pie de la noticia.

La decisión adoptada por el ministro Fernando Mattos, surge de la recomendación de la Comisión de Emergencia Agropecuaria, que se encuentra sesionando de manera permanente y que analiza y monitorea datos de la situación agroclimática, proporcionados por el Sistema Nacional de Información Agropecuaria (SNIA).

En ese sentido, el ministro Mattos destacó que debido a que “esta situación es dinámica, la Comisión volverá a reunirse para analizar nuevamente la situación el próximo miércoles 5 de enero”.

Con la declaración de la emergencia agropecuaria se liberan las partidas del Fondo Agropecuario de Emergencia (FAE), “con destino a atender las pérdidas en las materias involucradas en la actividad productiva de los establecimientos afectados por emergencias agropecuarias, lo que podrá materializarse en apoyo financiero, infraestructuras productivas o insumos que contribuyan a recuperar las capacidades perdidas como resultado del evento ocurrido”, de acuerdo al art. 207 de la ley 18.362.

Seccionales Policiales Afectadas
Recomendaciones MGAP Pastoreo Vía Pública

 

Recomendaciones MGAP Pastoreo Vía Pública

En base a MGAP